Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
II.1
II.1 El 14 de octubre de 1999, mediante testimonio 395/99, la Secretaría Ejecutiva del Programa PL-480 Título III, la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “Paitití” y la Caja Central de Ahorro y Préstamo para la Vivienda en Liquidación, suscribieron el acuerdo transaccional definitivo sobre asunción de deuda, pago por compensación y consiguiente subrogación de acciones y derechos, mediante el cual la Secretaría Ejecutiva del PL-480, adquiere el derecho de continuar con los trámites de adjudicación del bien inmueble dado en garantía por FRIGASA SA a la Mutual Paitití. Acuerdo homologado mediante Auto de 6 de marzo de 2001. (fs. 1-6, 8 vta.).