SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
Por informe corriente de fs. 145 a 147, el Alcalde Municipal y el Director de Concesiones recurridos hacen conocer que el 28 de septiembre de 2000 se inscribió el proyecto “Terminal de Buses El Alto” presentado por iniciativa privada, y el 23 de diciembre de ese año se comunicó a la empresa recurrente que su propuesta fue aceptada por ser de interés público. Añade que el 15 de noviembre de 2002 el Alcalde comunica la aprobación de los estudios de dicho proyecto, y el 01 de diciembre de ese año se publica la primera convocatoria de Licitación Pública para la concesión de servicios de la Terminal de Buses de El Alto, debiendo realizarse la reunión de aclaración el 16 de diciembre del mismo año, pero en esa fecha se comunica a la empresa recurrente que dicha reunión quedaba suspendida debido a que previamente el Concejo Municipal debía aprobar las bases de la licitación.
Agrega que el 15 de enero de 2003, el Alcalde remitió al Concejo Municipal la documentación respectiva, pero ocurre que el 12 y 13 de febrero de 2003, el edificio de la Alcaldía fue incendiado hasta quedar en escombros, habiendo perdido toda esa documentación; que, sin embargo, se dispuso que se repongan todos los documentos perdidos, y con la participación de la propia empresa recurrente, el 26 de febrero del presente año que se logró ese objetivo, con excepción de los planos, habiendo sostenido varias reuniones con la parte recurrente para coordinar al respecto, sin que exista la menor intención de causar perjuicio, habiéndose dispuesto proseguir con el trámite extrañado.
A su vez, por informe de fs. 148 a 152, los Concejales recurridos sostienen que no se puede afirmar que el término de los 45 días hubiera vencido el 01 de marzo, porque el 12 y 13 de febrero del presente año se destrozaron las instalaciones de la Alcaldía Municipal, destruyéndose la documentación existente, por lo que posteriormente se ordenó el inicio de los trámites de reposición de toda la documentación sustraída y quemada, y la empresa recurrente se acogió a dicho trámite que concluyó el 26 de ese mes. Que, con posterioridad a ello se derivaron obrados al Concejo Municipal emitiéndose el 9 de abril una minuta de comunicación recomendando al Alcalde, entre otros, que proceda a la reposición de la documentación referida al tema, que remita las bases de la licitación, se subsanen los vicios existentes en ese trámite y se garanticen los derechos de la empresa hoy recurrente.