Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.1.
II.1. Por Informe de Resultados de la Comisión Calificadora de la Alcaldía Municipal de Tupiza, de 18 de marzo de 2003, para el cargo de psicóloga en la oficina de Servicio Legal Integral y Defensoría de la Niñez y Adolescencia (fs. 5), se evidencia que la recurrente obtuvo el mayor puntaje (55 puntos) de entre los tres postulantes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a partir de su legal notificación con el oficio denegatorio S.G. 576 de 15 de mayo de 2003, puede plantear en los plazos legales, tanto el recurso de revocatoria, como en su caso, el recurso jerárquico,
- improcedente
- APROBAR