Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1082/2003-R
Fecha: 30-Jul-2003
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Que, por requerir de mayor análisis y estudio, mediante Acuerdo Jurisdiccional 84/03 de 4 de julio, el Pleno del Tribunal Constitucional amplió el plazo para pronunciar resolución en la mitad del término, al amparo del art. 2 de la Ley 1979, vale decir hasta el 30 de julio de 2003 (fs. 51); consiguientemente, la presente Sentencia se pronuncia dentro del término establecido por ley.