Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1082/2003-R
Fecha: 30-Jul-2003
III. 3
III. 3 En el caso de autos, el recurrente invoca como lesionado, entre otros derechos fundamentales, el de la seguridad jurídica, al entender que al haber firmado un contrato de alquiler el 28 de mayo de 2002, con Fernando Luis Mariscal Paz Torrico y Roxana Cavero Urquieta, propietarios en aquella fecha del bien inmueble arrendado, se debe respetar su status de inquilino que le otorga el ordenamiento legal pertinente; sosteniendo al mismo tiempo, que los efectos del juicio ejecutivo seguido contra los anteriores propietarios del bien inmueble por los actuales, no pueden afectar a su persona.