Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1096/2003- R
Fecha: 07-Ago-2003
II.2
II.2 Que, atendiendo la solicitud de cesación de dicha medida presentada por el recurrente, luego de celebrada la audiencia pública respectiva, el recurrido por Auto de 17 de junio de 2003, dispuso la cesación imponiéndole como medidas sustitutivas: a) presentación periódica, b) fianza de carácter personal de dos garantes, c) arraigo y d) fianza económica de Bs5.000.- (25-28).