SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2003- R
Fecha: 11-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita la tutela al debido proceso consagrado en el art. 16 CPE, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, dado que dentro del proceso ejecutivo que le sigue en el juzgado a su cargo, a simple petición del ejecutante y sin considerar que existen otros bienes que garantizan la obligación, ha dispuesto el cambio de depositario del vehículo que es de su propiedad, expidiendo mandamiento de apremio en su contra. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Napoleón Julio Alba Flores, Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de la Capital
- I.2.1
- improcedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- encuentra privada de su libertad por más de veinticuatro horas a tiempo de plantear el presente recurso
- a)
- III.2
- APRUEBA