SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2003- R

Fecha: 11-Ago-2003

III.2

III.2   Que, en el caso de autos, se tiene de los datos cursantes en el proceso que el Juez recurrido no ha incurrido en ningún acto ilegal que implique procesamiento o persecución indebidos, pues dentro de las previsiones legales contenidas en el art. 161 CPC, ha ordenado se libre mandamiento de apremio contra el recurrente, el cual expresamente reconoce no haber entregado la camioneta, pues en los fundamentos expuestos en la audiencia del recurso señala que existen otros bienes que garantizan la obligación y que lo único que se le quiere es causar perjuicio, dado que el vehículo es de vital importancia para su lechería; empero, esta situación no puede ser analizada en el recurso planteado, pues en éste, únicamente se compulsa si el Juez ha obrado conforme a ley o no al emitir la orden de apremio, menos puede examinarse si el juez recurrido actúa con parcialidad o no, ya que para el caso de ser cierta esta aseveración, el recurrente debe acudir a otras instancias a fin de que se analice la conducta del juzgador, pero no pretender que en la jurisdicción constitucional se determine si aquella es parcial o imparcial.