Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1114/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
II.4.
II.4. Mediante memorial de 24 de diciembre de 2002 (fs. 9), el recurrente solicitó a la Corte Departamental Electoral de Oruro, se le extiendan fotocopias legalizadas o se desglose a su favor los documentos allí enumerados, que fueron presentados en 13 de diciembre. Por decreto de 26 de diciembre (fs. 65 vta.), el Presidente de esa Institución autorizó lo pedido.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.4.
- el recurrente reiteró su pedido
- II.5.
- II.6.
- al derecho fundamental cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna,
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- III.2.
- III.4.
- APRUEBA