SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1114/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
procedente
La Sentencia 82/2003, cursante de fs. 95 a 99, pronunciada el 4 de junio de 2003 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declara procedente el recurso, disponiendo que el Secretario de Cámara de la Corte Departamental de Oruro devuelva, mediante desglose, la documentación solicitada por el actor o le franquee fotocopias legalizadas, con responsabilidad civil, bajo estos fundamentos: 1) en el caso, efectivamente se ha demostrado por el recurrente haberse vulnerado su derecho a la petición, cuando luego del tiempo transcurrido no se da curso a su petición, causándole perjuicio en abierta vulneración del art. 7-h) de la Constitución Política del Estado (CPE); 2) no ha demostrado el actor la conculcación de los otros derechos y garantías constitucionales denunciados relativos a irregularidades procesales advertidas en el proceso administrativo, habida cuenta que bien pudo impugnar su validez oportunamente en el citado proceso.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.4.
- el recurrente reiteró su pedido
- II.5.
- II.6.
- al derecho fundamental cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna,
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- III.2.
- III.4.
- APRUEBA