Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso, con el argumento de que la prueba preconstituida con la que se planteó la cuestión prejudicial se acompañó en apelación y no a momento de ser planteada ante el Juez de la causa, además de que la cuestión civil a que se hace referencia, fue interpuesta con posterioridad a la acción penal.