SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1161/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
improcedente
La Resolución 04/2003, cursante de fs. 80 a 82, pronunciada el 16 de junio de 2003 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, declara improcedente el recurso con costas y multa de Bs1.000.-, bajo estos fundamentos: 1) es cierto que el SEDES-Potosí incurrió en un acto ilegal atentatorio contra los intereses de la recurrente, empero ésta no ha planteado recurso de revocatoria para dejar sin efecto el memorando de despido; 2) los reclamos que realizó Ivanna Soza no fueron presentados en las instancias reconocidas por ley; 3) el amparo debe plantearse en un plazo no mayor a seis meses cuando se trate de esta clase de reclamos y de 30 días si se trata de sentencias dictadas por la autoridad judicial, pero el presente asunto ha sido formulado después de nueve meses del despido, haciendo inatendible el reclamo por extemporáneo.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- DS 26875 de 21 de diciembre de 2002
- III.2.
- 277/2003-R, 301/2003-R, 329/2003-R.
- Sin embargo, ello únicamente acarrearía un mayor perjuicio a la actora,
- III.3.
- III.4.