Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
II.3.
II.3. A través de la Resolución 394/02 de 7 de septiembre de 2002 (fs. 259), el Juez del proceso declaró improbadas las excepciones opuestas por los coactivados. Esta decisión fue apelada (fs. 592 a 600), y concedido el recurso por Auto de 8 de octubre de 2002 (fs. 603), que aún se encuentra pendiente de resolución ante la Corte Superior de La Paz.