Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1181/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión la Sentencia Constitucional 02/2003 de 28 de mayo de 2003, cursante de fs. 241 a 243, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Mirtha Camacho y Olga Fujita, Presidenta y Vicepresidenta del Colegio de Bioquímica y Farmacia de Bolivia, respectivamente contra Germán Lizarazu, Rector de la Universidad Autónoma Tomás Frías de Potosí, sin especificar los derechos conculcados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- No señalan como vulnerado ningún derecho de ellas, como recurrentes, o de la institución que representan
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- no se especifican los derechos que se hubieran lesionado
- no señalan concretamente los derechos que les hubieran sido conculcados
- no han precisado qué derechos o garantías han sido restringidos, suprimidos o amenazados a la entidad que representan con los hechos reclamados,