SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2003

Fecha: 19-Ago-2003

improcedente

Por Resolución que corre de fs. 101 a 102, se declaró improcedente el recurso con la siguiente fundamentación: 1) las autoridades recurridas actuaron dentro del procedimiento establecido, por cuanto antes de finalizar los 6 meses, debido a la necesidad de la investigación, se  amplió la etapa preparatoria;  2) los recurrentes ya han interpuesto un recurso de amparo constitucional contra el fiscal recurrido, con casi los mismos fundamentos, lo que implica su improcedencia según lo establecido en el art. 96. 2) LTC de la Ley del Tribunal Constitucional.