Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2003
Fecha: 19-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración del derecho a la propiedad privada de sus representados, pues por Resolución 91/98, de manera arbitraria, el Concejo Municipal dispuso la apertura de una calle ubicada sobre la Avenida 31 de octubre de la zona San Antonio, la que recién fue de su conocimiento, y la Subalcaldía del Distrito 4 procede a realizar trabajos de apertura de dicho callejón sin que exista el justificativo técnico necesario y sólo para beneficiar a dos o tres personas. Corresponde establecer, entonces, si los actos demandados son evidentes y amerita la tutela que brinda el art. 19 CPE.