SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2003

Fecha: 19-Ago-2003

III.1

III.1 El recurso de amparo,  consagrado por el art. 19 CPE,  ha sido instituido como una garantía de protección inmediata contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y las Leyes, siempre que no  hubiere otro recurso o  medio legal para dicha protección.