Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2003-R
Fecha: 20-Ago-2003
II.3.
II.3. Por Auto de 11 de marzo de 2003 fue declarada ejecutoriada la sentencia anterior, regulándose el honorario del abogado del excepcionista, en la suma de Bs700.- con el fundamento de que sólo se resolvió la excepción y no el fondo del asunto (fs. 149 vta.); resolución contra la cual el excepcionista Adolfo Arteaga Roca interpuso recurso de apelación (fs. 151).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se determinó únicamente que la demanda fue erróneamente dirigida contra Adolfo Arteaga Roca, quien no es parte del proceso
- APROBAR