Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2003-R
Fecha: 20-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración de los derechos al trabajo y al debido proceso de la empresa que representa, por parte de los vocales recurridos, quienes al dictar el Auto de Vista 68 de 29 de abril de 2003, calificando costas al excepcionista Adolfo Arteaga Roca más el 10% de la suma total demandada, no tomaron en cuenta que él no era parte del proceso ejecutivo social ni que la sentencia no falló en el fondo del asunto. Corresponde, entonces analizar si los hechos demandados ameritan la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se determinó únicamente que la demanda fue erróneamente dirigida contra Adolfo Arteaga Roca, quien no es parte del proceso
- APROBAR