SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2003-R

Fecha: 26-Ago-2003

III.3

III.3          Si bien el procedimiento señalado por la Ley de Municipalidades, fue cumplido hasta el momento de la lectura de la renuncia del Alcalde, sin embargo, la designación de Oscar Callaú como nuevo ejecutivo municipal se encuentra viciada de nulidad por la actuación ilegal concretada con la posesión y juramento ministrados, pues dicho acto no estaba incluido en la Agenda a ser considerada en dicha sesión, y al hacerlo se infringió el art. 91 del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Cotoca que establece: la Agenda Concejil, deberá hacerse conocer a los Concejales el día hábil anterior a la realización de la Sesión, presentando paralelamente un resumen de los temas que serán tratados en la Sesión con la debida documentación respaldatoria”. En consecuencia en el caso de autos, tal exigencia no fue cumplida, pues debió convocarse con un día de anticipación a una próxima sesión en la que sería puesta a consideración la agenda en cuyo orden del día se consigne como uno de los puntos a tratarse la elección del nuevo Alcalde Municipal. En este sentido el Tribunal Constitucional a través de  la SC 955/2001-R, se pronunció dentro de una situación similar originada en el mismo Municipio, y no obstante su carácter de obligatorio y vinculante en su cumplimiento, el Concejo Municipal de Cotoca persiste en incurrir en los  mismos actos ilegales, que determinan la procedencia del recurso.