SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
III.5
III.5 De otro lado, a la ilegalidad referida se suma el desconocimiento como concejal titular del recurrente quien al ser nombrado Alcalde interino, su concejal suplente Oscar Callaú asumió la titularidad, condición que se mantuvo vigente hasta la renuncia irrevocable del Alcalde titular, es decir hasta la sesión del 4 de junio de 2003. Sin embargo en forma no sólo irregular sino ilegal, resultó elegido el concejal suplente del recurrente como nuevo Ejecutivo Municipal, sin considerar que como efecto de la renuncia del Alcalde Hugo Carrasco, éste reasumía sus funciones como concejal titular en cuya calidad tiene la posibilidad de ser elegido como Alcalde Municipal. Por ello, los actos ilegales en que incurrió el Concejo Municipal de Cotoca, cuyo Presidente ahora es demandado, quien además de las ilegalidades establecidas ha infringido el art. 39.1) LM que le impone el deber de “cumplir y hacer cumplir las obligaciones que impone la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades, el Reglamento Interno del Concejo y demás disposiciones pertinentes a la administración municipal”, determinan la procedencia del recurso al constatar que se han vulnerado los derechos del recurrente a la seguridad jurídica y a ejercer una función pública previstos por los arts. 7.a) y 40.2) CPE.