SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2003-R

Fecha: 26-Ago-2003

III.3.

III.3.   El Juez Juan Saucedo Velasco fue quien dispuso la notificación de Daniel Castro con la conminatoria de pago, sin especificar el domicilio donde debía practicarse, a más que  expidió luego un mandamiento de apremio en forma pura y simple; y, la Jueza Cinthya Salguero Añez, emitió otro con facultad de allanamiento, sin que ninguno de los dos revisara de oficio -cual era su deber- el proceso para  determinar  si había sido llevado con las formalidades legales, circunstancia que determina su responsabilidad en los actos ilegales detectados. Empero no se ha demostrado de modo alguno la participación de la Jueza co-recurrida Nelly Rosario Sánchez Justiniano,  que carece de legitimación pasiva en el presente asunto, calidad que se  adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre  respecto a la tercera autoridad judicial mencionada, aspecto que acarrea la improcedencia del recurso en relación suya.