SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
procedente
La Resolución cursante a fs. 23 vta. y 24, pronunciada el 18 de julio de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara procedente el recurso respecto de los Jueces Juan Saucedo Velasco, que libró el mandamiento de aprehensión en primera instancia, y Cinthya Salguero Añez, que emitió otro con facultad de allanamiento, e improcedente en relación a la Jueza Nelly Sánchez Justiniano, “que no ha tenido ninguna participación”, ordenando la inmediata libertad de Daniel Castro y se practique legal citación al mismo, sin lugar al pago de daños y perjuicios, bajo el fundamento de que al no haber sido citado el coactivado en el domicilio señalado por la CNS, que cambió el inicialmente indicado, se ha vulnerado su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, dando lugar a una vulneración de su derecho a la libertad de locomoción.
Por consiguiente, la Corte de hábeas corpus, al haber declarado procedente el recurso, respecto de los Jueces Juan Saucedo Velasco y Cinthya Salguero Añez, e improcedente en relación a la Jueza Nelly Rosario Sánchez Justiniano, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.