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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1253/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1253/2003-R

    Fecha: 28-Ago-2003

    II.3.

    II.3.    La Intendencia de Seguros, a través de la nota SPVS-IS-DJ 1117 de 11 de abril de 2003 (fs. 80) otorgó a la empresa hoy recurrente el plazo de dos días para emitir la póliza de responsabilidad para corredores de seguros y reaseguros,  señalando que en caso de no hacerlo, le establecerían las sanciones que correspondan.

    • amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • reconoce a la Superintendencia General
    • intermediarios,
    • DS 24505 de 21 de febrero de 1997
    • III.2.
    • III.3
    • APRUEBA

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