SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1262/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
II.2
II.2 El 2 de agosto de 2001, el Secretario del Juzgado informó que correspondía regular los honorarios de los abogados solicitantes en la suma de Bs279.854.- y mediante proveído de 3 de agosto de 2001 el Juez dispuso: “Con la regulación traslado” (fs. 61). El 15 de agosto de 2001, la Caja Petrolera de Salud interpone recurso de “revocatoria” con alternativa de apelación de la providencia de 1 de agosto de 2001 (fs. 77 a 78), disponiendo el Juez de la causa mediante Auto de 20 de agosto de 2001: “no ha lugar por no existir dentro del ordenamiento jurídico nacional, este recurso” (fs. 79 vta), del cual la indicada institución el 21 de agosto de 2001 interpone a su vez recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 86 a 90), que al ser rechazado se concede la apelación por Auto de 31 de octubre de 2001 (fs. 98), del que nuevamente la entidad petrolera en 28 de noviembre de 2001 interpone otro recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 103 a 104), decretando el Juez traslado (fs. 104 vta). No consta en obrados resolución por la cual se conceda o rechace este último recurso.