SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1263/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1263/2003-R

Fecha: 26-Ago-2003

II.6

II.6     Una vez que el nombre del recurrente no fue incluido en las listas  de candidatos publicadas para intervenir en las elecciones, por nota de 17 de febrero de 2003, aquél solicita al Presidente del Consejo de Administración que le proporcione  la lista de socios activos de la Cooperativa al 31 de diciembre de 2002 para identificarlos y recabar su firma con el fin de habilitarse como candidato, pidiendo además copias de las actas de dicho Consejo donde nombran a los miembros del Comité de Nominaciones y de la oportunidad en la que éste presentó la lista de candidatos  a ser publicada (fs. 6), y en respuesta, el Presidente interino del Consejo de Administración envía al recurrente una nota de 20 de febrero del presente año por la que le comunica que no se encuentra facultado para dar curso a su solicitud, debiendo en su caso realizar su requerimiento mediante autoridad competente (fs. 7).