Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1263/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
III.3
III.3 En la especie, consta que el recurrente interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, el mismo que fue rechazado por el Tribunal de amparo con el fundamento de haberlo hecho extemporáneamente, extremo que no es evidente, por cuanto en ese momento ni siquiera se había pronunciado sentencia, por lo que correspondía proceder conforme determina el art. 62 LTC ya citado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Personas recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de las personas recurridas
- improcedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.4
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- rechazado
- ANULAR obrados