Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1265/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
II.4.
II.4. De la documentación recibida a requerimiento de este Tribunal, se constata que a raíz de la excepción de extinción de la pena planteada por José Adolfo Daza Pérez, por Resolución 67/03 de 13 de junio de 2003, el Tribunal Primero de Sustancias Controladas de La Paz, ha declarado la prescripción de la pena a favor de José Adolfo Daza Pérez -la misma que le fue impuesta por el delito de instigación- “en aplicación del art. 126 de la Ley 1008, modificado por el art. 20 de la Ley de Fianza Juratoria”, ordenando se libre mandamiento de libertad, siempre y cuando no esté detenido por otra causa. Dicho mandamiento ha sido emitido el 17 de junio de 2003.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La pena por estos delitos prescribirá en un tiempo igual al de la condena, computable
- III.2
- es de advertir
- III.3.
- III.4.