SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1265/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
III.3.
III.3. En lo concerniente al proceso seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otros por los delitos de evasión y favorecimiento a la evasión, se tiene la Resolución 96/98 de 14 de octubre de 1998, por la que el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas declaró probada la excepción de prescripción opuesta por el Defensor de Oficio designado para los procesados prófugos José Adolfo Daza e Iván Javier Echalar Antelo, disponiendo el archivo de obrados, sin que se haya tramitado -como lo indican los Jueces de dicho Tribunal- la apelación formulada por el Ministerio Público. Por ende, la decisión aludida ha cobrado ejecutoria, y por ello no es posible disponer la privación de libertad del actor, quien, en los hechos y según los datos del expediente, ya ha sido liberado como se tiene dicho en el numeral precedente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La pena por estos delitos prescribirá en un tiempo igual al de la condena, computable
- III.2
- es de advertir
- III.3.
- III.4.