SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2003- R
Fecha: 02-Sep-2003
I.2.1
Los recurrentes, mediante su abogado ratificaron los fundamentos del recurso y los ampliaron indicando que el 31 de mayo de 2003, en una supuesta asamblea, se aprobó un voto resolutivo que es difamatorio para sus representados. Al margen de ello, los de la directiva no son socios gremiales, por lo tanto no pueden ser directivos, con lo que están transgrediendo lo establecido en el art. 99 y 110 de la Ley General del Trabajo (LGT) y art. 121 y siguientes de su Reglamento, que por otra parte, si bien puede que se afirme que existió una sanción, ésta data de 1999, por lo que hasta la fecha ya ha prescrito. Refutando el informe señala que si fuera cierto que arbitrariamente adquirió la caseta 17, por qué no le sometieron al tribunal disciplinario o lo denunciaron ante la Confederación.