SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2003- R

Fecha: 02-Sep-2003

II.2

II.2    Que, los representados del recurrente han realizado pagos a la citada Asociación por la compra de la caseta 72 en el Mercado Antofagasta, asimismo han realizado pagos por concepto de serenaje de la misma caseta y también por la caseta 17. De igual forma ha realizado pagos por la Licencia de funcionamiento de ambas casetas (fs. 24 al 30, 68 al 71). Constando de la nómina de afiliados y dueños de casetas de la Asociación actualizada a la gestión 1999, que el representado del recurrente de ser propietario de la caseta 72 pasó a ser de la caseta 17 (fs.72).