Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2003-R
Fecha: 08-Sep-2003
c
c) Ante la actuación casi informal de la cooperativa, ésta se presta al fraude para el pago de derechos privilegiados, como son los beneficios sociales, empero, las reglas del debido proceso sólo permiten proceder contra los verdaderos representantes legales, siendo excusable la actuación de la Jueza por su preocupación de lograr el cumplimiento de una sentencia ejecutoriada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- Sussy Meriles Gamarra
- a
- c
- II.1
- II.2
- II.3
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- no acompañó prueba fehaciente alguna a su demanda de hábeas corpus que demuestre que no es parte ni representante legal de la Cooperativa Minera Molleterio Ltda
- además de estar eximido de acreditar quién es su representante legal