SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1311/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
El 14 de junio de 2002, en la comunidad de Chiqueritos Buyuy fueron detenidos por funcionarios policiales sin orden judicial por la comisión de un supuesto delito perpetrado el 6 de junio de 2003, para posteriormente ser remitidos a la Policía Técnica Judicial (PTJ), donde les recibieron sus declaraciones informativas sin la presencia de un abogado. Es así que luego de ocho meses de estar detenidos solicitaron al Juez de Instrucción la extinción de la acción penal, que no mereció ningún pronunciamiento. Transcurridos once meses de estar detenidos ilegalmente, el Ministerio Público los acusó formalmente nombrándoles el Tribunal un defensor de oficio quien a momento del juicio oral abandonó su defensa, designándoles por ello a otro en su reemplazo, enterándose en dicho actuado procesal de la existencia de una querella y acusación particular que no les fue puesta en su conocimiento, por lo que instalada la audiencia de apertura del juicio oral plantearon incidente de nulidad y reposición de obrados que fue rechazado sin fundamento jurídico.
Añaden que cual consta en el cuaderno de investigaciones en su detención y recepción de declaraciones informativas la Fiscal vulneró los arts. 293, 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP), además de haberse violado el derecho a la defensa previsto por los arts. 92 al 100 del mismo cuerpo de leyes, que señalan las formalidades legales que se deben guardar y que en este caso no fueron observadas, al privarles de una defensa técnica desde el primer acto del proceso, señalando al efecto jurisprudencia constitucional que anula obrados del cuaderno de investigación por actuación procesal defectuosa.