SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1311/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
III.5
III.5 Por lo relacionado, se evidencia que los recurrentes no se encuentran detenidos ni procesados indebidamente, pues como se indicó precedentemente, están sometidos a un proceso penal en el que han sido imputados y acusados formalmente por el Ministerio Público, y su privación de libertad también fue dispuesta al considerar la autoridad jurisdiccional su procedencia conforme a ley, proceso que ya cuenta con sentencia condenatoria pronunciada el 12 de junio de 2003 (fs. 213-217 segundo cuerpo expediente original), fallo contra el que los recurrentes interpusieron apelación restringida que se encuentra pendiente de resolución. Por consiguiente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 CPE, lo que determina la improcedencia del recurso.