Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
II.4
II.4 Previa audiencia de recusación, la Sala Civil Primera -ahora recurrida- mediante Resolución de 30 de enero de 2003, declaró probada la demanda de recusación interpuesta contra el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suárez, disponiendo sea apartado del conocimiento del proceso ordinario sobre reconocimiento judicial de derecho propietario por prescripción ordinaria interpuesto por Gravetal Bolivia S.A. contra el Quinto Distrito Naval “Santa Cruz de la Sierra” (fs. 40 a 41).
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz de Paz y Hernán Cortés Castillo, vocales de la Sala Civil Primera
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- la recusación se planteará como incidente ante el mismo juez
- admitida la demanda por el
- en la misma audiencia, el
- III.3
- III.4