SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1339/2003-R
Fecha: 15-Sep-2003
II.1
II.1 Dentro de la etapa preparatoria organizada contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa, legitimación de ganancias ilícitas y estafa, previstos y sancionados por los arts. 132, 185 bis y 335 todos del Código penal, conforme la imputación formal de 24 de febrero de 2003 (fs. 277-278), se realizó la audiencia de 10 de marzo de 2003, en la que se aplicaron a los imputados y ahora recurrentes las siguientes medidas sustitutivas: a) fianza económica de Bs30.000.-; b) presentación los días lunes y sábado de cada semana ante el despacho judicial; c) prohibición de salir del país y de la localidad de Riberalta sin autorización judicial; d) prohibición de consumir bebidas alcohólicas; e) prohibición de aproximarse al domicilio del denunciante o denunciado (fs. 315-322); resolución que fue apelada por los imputados (fs. 324-325, 328-330, 338-339, 341-342).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- fue advertido por los abogados de la defensa sobre la existencia del memorial promoviendo su recusación, el cual fue presentado una hora antes de la verificación de la audiencia
- III.2
- APROBAR