SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
II.1
II.1 Cursan en obrados fotocopias legalizadas del memorial de objeción de la querella fechado el 12 de marzo de 2003, en cuya parte inferior figura un sello de “sorteo de causas” con fecha 14 de marzo de 2003, firmado por la Secretaria del Juzgado Segundo de Partido de Yacuiba (fs. 1 a 2), asimismo se consigna el cargo de recepción con fecha 14 de marzo de 2003 hrs. 10:00 del Juzgado Primero de Instrucción Mixto Cautelar, firmado por la Actuaria del Juez que resolvió la objeción de querella (fs. 2 vta.). Consta también otra fotocopia legalizada del memorial de objeción de la querella (fs 3 a 4) en cuyo reverso existe un sello de sorteo de causa de fecha 13 de marzo de 2003 firmado por el Oficial de Diligencias del Juzgado Segundo de Partido de Yacuiba (fs. 4 vta.).