SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2003- R
Fecha: 29-Sep-2003
II.3
II.3 Que, el 15 de julio de 2003, el recurrente presentó carta al Alcalde de Rurrenabaque, haciendo conocer que lamentablemente no pudo cumplir con el compromiso suscrito con el Intendente Municipal, ni con los requisitos para la licencia de funcionamiento de su Frial, por lo que solicitó una nueva inspección para que se le otorgue la mencionada licencia, pero ahora como Carnicería. (fs. 41), solicitud que no fue respondida oficialmente por la indicada autoridad. Que, el 22 de julio de 2003, el recurrente presentó queja al Presidente del Concejo Municipal de Rurrenabaque, indicando que pese a haber cumplido con todos los requisitos para la apertura de una Carnicería, no se le otorgó la correspondiente Licencia, pidiendo se haga una fiscalización, se le otorgue justicia y permita desarrollar su actividad en el comercio de expendio de carne (fs. 43).