Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2003- R
Fecha: 29-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela de su derecho al trabajo, consagrado en el art. 7.d) CPE, denunciando que ha sido vulnerado por los recurridos, pues éstos como Alcalde e Intendente del Municipio de Rurrenabaque, le negaron la licencia de funcionamiento para la apertura primero de un Frial y luego de una Carnicería, pese a haber cumplido con los requisitos exigidos para esa actividad. En consecuencia, en revisión de la resolución del Juez de Amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho fundamental referido, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.