Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1424/2003-R
Fecha: 29-Sep-2003
II.3.
II.3. El 4 de diciembre de 2002 (fs. 1 a 7), AGN S.A. formuló demanda arbitral contra el Ministerio de Defensa Nacional, con la que el Titular de dicha Cartera de Estado fue citado el 5 de diciembre de 2002 (fs. 123), quien se apersonó ante el Centro de conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio, en 9 de diciembre (fs. 132), memorial en el que acreditó apoderado y nombró árbitro. Asimismo, en 13 de diciembre de 2002 (fs. 139 y 140), el Ministro de Defensa contestó y reconvino la demanda arbitral, dirigiéndose ante el Tribunal cuyos miembros hoy son recurridos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- art. 12 LAC
- en tanto la excepción esté en trámite ante el juez.
- no siendo viable que mediante el amparo constitucional se sustituya la decisión que deberá asumir la Corte Suprema al respecto
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- APRUEBA