SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1428/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1428/2003-R

Fecha: 29-Sep-2003

III.2.

III.2.   En el caso sometido a análisis, se tiene evidencia que ante su destitución, la recurrente utilizó todos los recursos administrativos que la Ley establece, pues planteó recurso de revocatoria y luego recurso jerárquico que fue resuelto por la Superintendencia del Servicio Civil mediante RA SSC/IRJ/050/2003 de 30 de abril de esta gestión, disponiendo la reincorporación inmediata  de la actora al cargo que desempeñaba en el SEDUCA-Beni. Sin embargo, notificada legalmente con esa determinación, la autoridad recurrida ha negado su cumplimiento, posición que ha sido mantenida  en el informe escrito presentado donde señala que tal Resolución sería ilegal y que por ello ha pedido su revocatoria al Superintendente General del Servicio Civil.

            No obstante, conforme lo ha determinado la jurisprudencia constitucional precedentemente anotada, la única vía para impugnar la decisión de la  Superintendencia cuando ha dirimido un recurso jerárquico, es a través del proceso contencioso  administrativo, que  en este caso no ha sido iniciado por la recurrida, quien, entonces, se encuentra obligada a acatar y obedecer lo dispuesto por la referida instancia administrativa, y el no hacerlo conlleva la  conculcación de los derechos a la seguridad jurídica y al trabajo de la recurrente.