SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2004
Fecha: 21-Ene-2004
III.2
III.2 En el caso que se examina, los recurrentes con idénticos fundamentos impugnaron ya la RA SSC/IRJ/146/2003 de 5 de septiembre y solicitaron se declare la incompetencia de la Superintendencia del Servicio Civil sobre el acto administrativo reclamado, a través de una demanda contenciosa administrativa interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a lo establecido por la parte in fine de los arts. 62.II y 66 de la Ley 2027, la que ha sido debidamente admitida, por lo que tomando en cuenta que la jurisprudencia de este Tribunal ha establecido que la jurisdicción constitucional no puede operar como un mecanismo de protección paralelo a los medios de defensa judicial o administrativa que la ley dispensa a los ciudadanos, dentro de los procesos judiciales o administrativos en curso, el presente recurso se enmarca dentro de los casos de rechazo establecidos por el art. 82.III LTC, al carecer manifiestamente de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo del asunto planteado. Así, entre muchos otros, los Autos Constitucionales 183/2003-CA, 197/2003-CA, 236/2003-CA y 250/2003-CA; igualmente, la SC 0091/2003.
- Juan Carlos Moreno Reyes Ortiz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- admitió
- 1)
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.7 El 26 de septiembre de 2003, los recurrentes interpusieron demanda contenciosa administrativa ante la Corte Suprema de Justicia, solicitando se deje sin efecto, entre otras, la RA SSC/IRJ/146/2003 de 5 de septiembre que cuestionan a través del presente recurso, asimismo se declare la incompetencia de la Superintendencia del Servicio Civil sobre el acto administrativo impugnado (5.870 a 5.875), la cual ha sido admitida mediante proveído de 29 de septiembre de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3