SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2004-R

Fecha: 07-Ene-2004

III.1

III.1  La recurrente mediante el presente recurso plantea por una parte infracciones que lesionan el debido proceso alegando un procesamiento indebido de su representado; y por otra la vulneración del derecho a la libertad al haberse expedido mandamiento de condena en su contra como consecuencia del ilegal juzgamiento. En este sentido, la jurisprudencia constitucional ha establecido que el hábeas corpus tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad  individual, y que la protección que brinda en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo en aquellos supuestos  en los que el indebido proceso está directamente vinculado con la privación de libertad, quedando por tanto las demás situaciones bajo la tutela que brinda el art. 19  de la Constitución Política del Estado.  En el caso de autos se evidencia que se encuentran  estrechamente vinculados la vulneración del derecho a la libertad a raíz de las lesiones al debido proceso que se invocan en el recurso.