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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2004-R

    Fecha: 14-Ene-2004

    II.13.

    II.13.  Por medio del Auto de 18 de marzo de 2003, el Juez declaró probada la tercería de derecho preferente interpuesta por el Banco de Cochabamba S.A. en liquidación, disponiendo que con el fruto del remate se pague su acreencia  por tener la primera hipoteca, ordena asimismo que la adjudicataria del bien inmueble pague  el valor  del inmueble adjudicado  (224 Vta.)

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.13.
    • II.14.
    • III.1.
    • inmediata o hasta los seis meses,
    • III.2.
    • adjudicataria”
    • 2º         DECLARA

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