Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.3
II.3 La recurrente por memorial presentado el 05 de mayo de 2003 presenta a conocimiento del Superintendente del Servicio Civil una denuncia en sentido de que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional-FNDR no remitió los antecedentes correspondientes, por lo que se habría lesionado su derecho a la defensa (fs. 22-27). Por nota de 15 de abril de 2003, el Director Ejecutivo del FNDR remitió a la Superintendencia los antecedentes del recurso jerárquico (se extrae del Auto de fs. 29 y de la Resolución Administrativa SSC/IRJ/067/2003, a fs. 32, ambas dictadas por el Superintendente del Servicio Civil).