SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2004-R

Fecha: 14-Ene-2004

III.1.

III.1.      La SC 1382/2002-R, de 18 de noviembre, sobre la competencia territorial en acciones de tutela (amparo constitucional y hábeas corpus), determinó que será competente el tribunal o juez que tenga jurisdicción y competencia sobre el lugar en el que se cometan los actos ilegales violatorios de derechos fundamentales, conforme a las reglas establecidas al efecto por el art. 35 de la Ley de Organización Judicial.

Este entendimiento no es excluyente respecto a la competencia que tiene en razón del territorio el juez o tribunal del lugar donde surtan sus efectos los actos ilegales cometidos en otra jurisdicción; por ello, es preciso modular la Sentencia 1382/2002-R, en resguardo de la economía procesal y la tutela efectiva e inmediata del afectado, quien podrá plantear la acción en forma indistinta, en el lugar donde se cometió el acto ilegal ó donde el mismo surtió sus efectos.