Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
II.2.
II.2. El 28 de septiembre de 2001, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal anuló obrados dentro de la referida denuncia, remitiendo el caso ante el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal el 12 de octubre del mismo año, en consideración a que por un sorteo anterior ese Juzgado habría conocido el caso con anterioridad y que la remisión al Juzgado Séptimo de Instrucción se produjo por error (fs. 19).