Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
II.5.
II.5. Mediante Resolución 184/2003 de 16 de septiembre, el Juez recurrido revocó la Resolución 131/2003 dispuso la prosecución de la causa y señaló audiencia para que el procesado preste su confesión, designándole abogado “defensor alterno” (sic) con el fundamento de que por una mala interpretación del Código de procedimiento penal y la Circular 041/2002 PCSJ de 19 de diciembre de 2002, anuló obrados y declinó de conocer el proceso para que se tramite conforme al nuevo procedimiento ( fs. 41).