SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2004-R

Fecha: 14-Ene-2004

III.3

III.3     Por lo expresado se evidencia que la Comisión de Ética, al no haber sido legalmente designada de acuerdo con la Ley de Municipalidades en vigencia, vició de nulidad lo actuado, vulnerando de esa manera la garantía del debido proceso reconocida por el art. 16 CPE, los derechos a la defensa, al trabajo, a ejercer la función pública para la que fue elegido el recurrente y el  principio de igualdad de las partes, consagrado por el art. 6.I constitucional, del que se extrae la garantía de la tutela jurisdiccional eficaz, entendida en el sentido más amplio, dentro del contexto constitucional referido, como el derecho que tiene toda persona de acudir o someterse ante un juez o tribunal competente e imparcial, para hacer valer sus derechos.