SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
improcedente
La Sentencia cursante de fs. 229 vta. a 232, pronunciada el 20 de noviembre de 2003 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso, con una multa de Bs100.-, bajo estos fundamentos: 1) existe una sentencia de usucapión en la que se dispuso dar posesión a la recurrente y su esposo, empero, se presentó oposición a la misma por parte de Jesús Saucedo, por lo que el Juez emitió el Auto de 5 de noviembre de 2002, denegando dar la posesión solicitada al existir otra persona que habita el inmueble; 2) los vocales demandados confirmaron esa determinación con el mismo fundamento; 3) no se restringió ningún derecho de la recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- todo
- la interrupción de los seis meses antedichos se opera cuando se interponen los recursos
- 1442/2002-R,
- , APRUEBA